La reforma pensional del gobierno de Gustavo Petro llegará al Congreso de la República el próximo 22 de marzo. Este paso se da despues de haber radicado, el pasado 16 de marzo, la reforma laboral.

(Lea: Reforma pensional: más descuentos a trabajadores ya los más ricos).

La base de la propuesta es una sistema de cuatro pilares: uno solidario, otro semicontributivo, uno contributivo y uno voluntario. Este cambio de 360 ​​grados al sistema pensional tuvo varias dudas de acuerdo con el borrador que se conoce del proyecto.

¿Qué trabajadores no podrán elegir entre Colpensiones y fondos privados?

La reforma propone el pilar contributivo, el cual tiene dos componentes, el de Prima Media, administrado por Colpensiones, y el de Ahorro Individual, a cargo de las AFP.

El primero estaría integrado por todas las personas afiliadas al sistema y recibirían las cotizaciones por ingresos entre 1 y 3 salarios mínimos mensuales vigentes legales (smlmv).

El segundo componente se integra, según el borrador, «para todas las personas afiliadas al sistema cuyo ingreso sea superior a los tres smlmv y reciban las cotizaciones por la parte del ingreso base de cotización que exceda los tres smlmv y hasta 25 smlmv”.

(Además: ¿Qué implica que Colpensiones pueda llegar a un inversor en TES?).

¿Cambian las semanas necesarias para el derecho a pensionarse?

Las personas pasan que cotizar en Colpensiones, porque sus ingresos son de tres salarios mínimos o menos, no podrían pensionarse con 1.150 semanas, como se establece en los fondos privados, y la cotización obligatoria para pensionarse tiene 1.300.

¿Cuál sería la renta para los adultos mayores que no alcancen a la pensión?

El Gobierno plantó una renta básica de medio salario mínimo legal de 223.000 que haplicaría tiene alrededor de 2,5 millones de personas en el país. Un beneficio superior al que se otorga en el programa Colombia Mayor.

Gremios y sindicatos presentan propuesta de reforma pensional

Cortesia

Este beneficio utilizar para colombianos que residen en el nacional y estan en condicion de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad conforme a una focalización establecida por el Gobierno Nacional.

(Vea: Reforma pensional: requisitos para acceder a un bono de 223.000 pesos).

¿Qué pasa con los ahorros ya constituidos en los fondos privados?

Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas continuarían siendo administrados por las AFP y se usarían para el reconocimiento de sus pensiones. Sin embargo, los nuevos aportes sobre los tres primeros salarios mínimos cotizados ya no irán a las cuentas de los trabajadores.

¿Qué opción tienen quienes hacen aportes pero no lo necesitan?

El pilar semicontributivo lo integrarán las personas afiliadas al sistema que a los 70 y 65 años de edad no han cumplido con los requisitos para acceder a una pensión contributiva cotizada en el sistema. Para ello, podrá acceder a un beneficio económico que partirá de los recursos del Presupuesto General de la Nación y con sus propios aportes mediante distintos mecanismos.

«Dentro de este pilar también se incluyen las personas que están en el Programa de los Beneficios Económicos, BEPS, de acuerdo a la reglamentación que se encuentra vigente«, explicación.

(Siga leyendo: Esto es lo que ofrece la reforma pensional del gobierno de Petro).

¿Cómo funciona el régimen de transición?

La reforma habla de un régimen de transicion para las personas que tienen cotizadas 1,000 semanas. Para este tipo de población seguirá aplicando la ley 100 de 1993. En el caso contrario, las personas que tengan menos de 1,000 cotizadas semanas se regirán por la nueva ley que llegue a aprobar el Congreso.

Ahora bien, el artículo 77 del borrador establece que las personas con más de 1.000 semanas cotizadas o que los falten menos de 10 años para tener la edad de pensión, podrán trasladarseen un plazo de dos años, de régimen respecto de la normatividad anterior.

¿Cómo se hará el cálculo de semanas?

Según el borrador, para el cómputo, se tendrán en cuenta «las semanas cotizadas en cualquiera de los sistemas pensionales de la ley 100 de 1993: solidario de prima media o con prestación definida o de ahorro individual con solidaridad, al instituto de seguros sociales oa cualquier caja, fondo o entidad del sector público o privado, o el tiempo de servicio como servidores públicos, cualquiera se le número de semanas cotizadas».

¿Y los colombianos en el exterior?

La afiliación es voluntaria para los colombianos que viven en el exterior que no tienen estado de membresía obligatoria o que por un contrato de trabajo permanente en el país pero no están cubiertos por algún régimen de su país de origen o cualquier otro.

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