Retomar la regulación de los servicios públicos no es el único cambio que busca hacer el presidente Gustavo Petro en este sector. También el está apuntando a reformar las leyes 142 (de servicios públicos) y 143 (ley eléctrica) que fue creada en 1994 para blindar a Colombia de un nuevo apagon.

Precisamente, mañana se cumplirán 30 años desde que terminaron los 11 meses de racionamiento energético que tuvieron que vivir los colombianos entre 1992 y 1993 por una serie de errores que llevaron al único apagón que ha tenido en la historia del país.

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En medio de esta coyuntura, EL TIEMPO conoció un primer borrador de un proyecto de ley que detalla los cambios que quieren hacer y que están liderando directamente desde Presidencia, según el Ministerio de Minas y Energía. Lo que hasta ahora se conoce ya comenzó a tomar las alarmas.

Uno de los puntos que más genera preocupación es que se establecen que las redes que se usan para la prestación de servicios públicos, comme el de energía eléctrica, sean bienes públicos if fueron construidos con recursos del Estado o con parte de la tarifa que pagan los usuarios.

Hay que ver el vaso más que medio lleno y hacer lo mejor y los ajustes dentro de la institucionalidad y sin destruir lo construido

Los expertos consultados aseguran que esto es igual a decir que, por pagar una tarifa de taxi o un tiquete aéreo, los usuarios pueden ser dueños del taxi o del avión, lo cual no tiene sentido. Lo ideal, Plantean, es que quien haga la inversión — bien sea pública o privada — sea remunerado.

Otro punto es la facultad que se le asigna a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para «certificar» la calidad de la normativa emitido por las comisiones de Energía y Gas (Creg) y Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

¿Por qué la Superservicios, que es de control y vigilancia, debería vigilar la regulación emitida por la Creg? ¿Esto significa que la Superintendencia será un ente superior a la Creg? Sus algunos de los interrogantes que genera esta propuesta del Gobierno, pues conocedores del tema consideran que las organizaciones de control y vigilancia deben ser independientes del regulador.

Los expertos dicen que lo más importante debe ser qu’existen los incentivos para que el sector siga expandiéndose, se pueda aumentar la cobertura, mejorar la calidad del servicioreduce las pérdidas y moderniza las redes hacia el futuro.

Por su parte, Juan Benavides, investigador asociado de Fedesarrollo, asegura que, aunque la Ley Eléctrica es sólida, sí requiere número de tácticas tácticas para que se ajuste a la nueva realidad, pero sin afectar el esquema actual, ya que este es el que ha evitado nuevas raciones y ha permitido aumentar la cobertura y confiabilidad del servicio de energía eléctrica.

“Hay que ver el vaso más que medio lleno y hacer lo mejor y los ajustes dentro de la institucionalidad y sin destruir lo construido”, agregó.

Una continuación detallan la clave de 12 puntos que se menciona en lo que es un primer borrador del proyecto de ley que tiene unos 50 items.

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Fondo de Servicio Universal

Se autoriza a sí mismo a crear un Fondo de Servicio Universal, tanto para agua potable y saneamiento básico como para energía eléctrica. Una de las opciones que se planta para financiarlo es una Contrarrestación especial del 2.5 de los ingresos brutos que obtengan las empresas públicas o privadas por la explotación de recursos naturales renovables y no renovables.

Otra alternativa es que el dinero salga del Sistema General de Participación y el Foes.
En cualquiera de los dos casos, estos recursos serían destinos exclusivos para coberturas incrementales y prestar el mínimo vital en estos servicios públicos.

Además, el Gobierno destinará al menos el 20 por ciento de los recursos del Foes y el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Funtic) a la ejecución de programas de servicio universal local, los cuales serán ejecutados a través de los departamentos y los capiteles de estos.

Las redes para los servicios seran bienes publicos

Las redes para la prestación de servicios públicos pertenecen a quien pague por ellas, dice el borrador. Por ello, aquellas que han sido construidas con recursos del Estado o con parte de la tarifa que pagan los usuarios, tendrán la cualidad de «bienes públicos» de propiedad colectiva y el prestador podrá remunerar su operación, reposición y mantenimiento, pero no el valor de la red que no ha sufragado».

Ganancias para empleados de las empresas

Como proponen las empresas de servicios públicos destinen parte de sus utilidades para hacer un reconocimiento anual a sus trabajadoresen un pago anual unificado no constitutivo de salarios, ni factor para la liquidación de salarios laborales.

Más libertad para las prestadoras de servicios

Las asambleas y los concejos no podrán imponer tributos a las empresas estatales que no sean aplicables a las mixtas y empresas privadas. También se permitió que las empresas pueden prestar otros servicios no domiciliarios o realizar otro tipo de actividad, solo si puede desarrollar sus actividades propias y llevar a cabo su contabilidad de manera independiente a la de los servicios públicos.

Superservicios certificará la regulación

A través de una Unidad Administrativa para Asuntos Tarifarios, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios sería la encargada de certificar la calificación del reglamento y realizar actividades de seguimiento, vigilancia y control con el fin de garantizar que todas las empresas apliquen la normatividad con pleno cumplimiento de la misma.

Nuevos usos para el Foes

Los recursos del Fondo de Energía Social (Enemies) ya no se destinarían solo a subsidiar el servicio de energía eléctrica, sino también el de gasy los municipios serían los encargados de reglamentar la estipulación de estos dineros.

Además, debe definir una política de universalización del acceso a internet y de la apropiación de las tecnologías de la información, lo que incluirá su desempeño a través de entidades descentralizadas.

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Regulación especial para los prestadores de servicios públicos

Las asociaciones, corporaciones, fondos, cooperativas o acciones comunales que
desean prestar servicios públicos domiciliarios no estarán sometidos al régimen ordinario que rige para otros prestadoressi se creará un reglamento especial por parte del Gobierno directamente de los comités reguladores

Energía ‘limpia’ autogenerada

El Gobierno pretende autorizar, por vía general, para que todos los personajes pueden
generar energía para si mismos
o para terceros, siempre y cuando se denomina «fugas no contaminantes». Para ello, el Gobierno directamente, oa través de la Creg, fijará las reglas que le permitirán a los nuevos generadores inyectar esta energía al Sistema Interconectado Nacional (SIN).

Mínimo vital en los servicios públicos

El mínimo vital que se reconocerá en agua potable será de 50 litros por persona al día, pero en energía eléctrica será de 103,8 kilovatios hora, sin embargo, su reconocimiento estará sujeto a varias condiciones. También habrá un Internet mínimo básicopero aun no se especifica cuanto seria

Derechos para monosuarios

Se creó la figura de los monousuarios, los cuales tendrán los mismos derechos y protecciones que efectivamente les reconocen a los usuarios domiciliarios, como conectarse a las redes de servicios públicos ya recibir subsidios.

Además, puede utilizar componentes rojos que se utilizan para proporcionar servicios, no tener medicion, ni generar costos especiales de mercadeo

Socios de empresas de servicios publicos

Las entidades territoriales o sus entidades descentralizadas podrán participar como socios en cualquier modalidad de empresa de servicios publicos oficiales, mixtas o privadas.

Y en compañías en que el Estado sea el accionista mayoritario, el borrador del proyecto dice que «se adoptarán todas las medidas necesarias para que esta mayoría refleje en la asamblea de socios, en la junta directora y en la toma de decisiones relevantes para la administración y existencia de la empresa».

Users in juntas directivas de companias

Una tercera parte de los miembros de las juntas directivas de las empresas estatales, del orden departamental o municipal, será elegida por los usuarios a través de sus comités de desarrollo y control social.

Se podran elegir vocales de control o cualquier otro ciudadanosiempre y cuando no sea servidor público y reúna las calidades profesionales y de experiencia que el
Gobierno determinar.